COMPONENTES ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
1) 2 años de Garantía por defectos de materiales o fabricación
ERMEC,SL (LEDILU) , empresa suministradora de Productos de iluminación led de bajo consumo,
con domicilio social en la calle Francesc Teixidó, 22 de Badalona
(España), concederá 2 años de garantía de acuerdo con la garantía estándar
establecida por el fabricante de los productos de iluminación led.
El cliente queda obligado por los términos y condiciones
garantías de los fabricantes de los productos objeto de la compra a través de
ERMEC. La garantía se aplica siempre y cuando el producto sea utilizado
bajo las condiciones normales de explotación determinadas por los fabricantes.
Las garantías recogidas en el presente Certificado serán prestadas por
ERMEC,SL con sujeción a los términos y condiciones generales expresadas
a continuación:
2) Exclusiones y Limitaciones de las Garantías:
I) Los derechos de garantía podrán ser reclamados durante el periodo de
vigencia establecido en cada caso y de forma inmediata a su detección, salvo
que se trate de defectos visibles, en cuyo caso la reclamación deberá
efectuarse en un plazo límite de dos meses a contar desde la fecha de entrega
al primer comprador, o de tres meses a contar desde la fecha de suministro (Ex
- almacén de Ermec - Ledilu), y siempre antes de su instalación.
II) Con carácter general estarán exentos de los derechos de garantía aquí
establecidos los daños y fallos de funcionamiento o de servicio de los Equipos
de iluminación que tengan su origen en:
1) Accidentes, o uso negligente, impropio o inadecuado.
2) No r
establecidas en los reglamentos y normativas técnicas y de seguridad vigentes,
de rango nacional o local, que le fueran de aplicación en cada momento
(Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, e instrucciones técnicas
Complementarias, Compatibilidad Electromagnética, Norma europea EN-
60598, etc.).
3) Exposición a ambientes corrosivos y gases agresivos de origen químico.
4) Sección y longitud del cableado de acometida, inadecuado a la
características y sección de los bornes de conexión del balasto.
5) Modificaciones, instalaciones o empleos erróneos, o no realizados por
personal autorizado por el Servicio de Post Venta de Ermec.
6) Daños producidos por inundaciones, plagas, terremotos, acciones de
terceras partes o cualesquiera otras causas de fuerza mayor ajenas a las
condiciones normales de funcionamiento del equipo y al control de Ermec (Ledilu).
III) Los derechos de garantía aquí establecidos no cubren los costes de
transporte de los Equipos o elementos de Iluminación defectuosos, derivados
de la devolución a Ermec (Ledilu) y de su posterior reposición al cliente. No cubre, así
mismo, los costes de intervención derivados del desmontaje del equipo
defectuoso, ni los de la reinstalación posterior de los equipos repuestos; todo lo
anterior salvo que se trate de Equipos o elementos adquiridos para ser
utilizados en el territorio de la Unión Europea, en cuyo caso será de
cumplimiento lo dispuesto en la Ley 23/2003, de 10 de julio, que transpone al
ordenamiento
IV) Ermec se reserva el derecho de suministro de un modelo diferente de
Equipo o elemento para atender las reclamaciones aceptadas de garantía, en
concepto de sustitución, en caso de que el modelo original hubiera dejado de
fabricarse. Todos los Equipos o elementos reemplazados serán propiedad de
Ermec (Ledilu).
3) Reclamación de los derechos de Garantía:
Cualquier cliente o usuario de Equipos o elementos de Iluminación
suministrados por Ermec, que se considere con razones justificadas para
reclamar los derechos de garantía establecidos en el presente documento,
deberá proceder de la siguiente forma:
a) Informar de inmediato y por escrito:
1) A la empresa que le vendió el Equipo, o
2) en su defecto, a la empresa distribuidora autorizada de Ermec en la zona
(*).
3) En su defecto, al Servicio de Atención al Cliente de Ermec
admin@ledilu.com).
(*) Consultar en http://www.ledilu.com
Para ello, se utilizará la Hoja Modelo de Reclamación (3), la cual deberá ir
acompañada de una copia del justificante de compra del equipo o elemento
objeto de reclamación en el que figure la fecha de adquisición.
b) Recibida dicha reclamación en Ermec (Ledilu), el Departamento de Servicio Post
Venta procederá a su análisis, resolviendo su procedencia o no,
justificadamente al amparo de lo establecido en el presente documento de
garantía limitada, e informando de ello al cliente y de las instrucciones a seguir,
en el plazo más breve posible.
c) La devolución del equipo objeto de reclamación no podrá realizarse sin la
previa autorización por escrito del Departamento de Servicio Post Venta de
Ermec.
d) Si a petición del cliente y por razones de urgencia, éste solicitara a Ermec
la reposición inmediata del equipo o elemento objeto de reclamación, previa a
que se dispusiera de la resolución de la reclamación por parte del
Departamento de Servicio Post Venta, dicha solicitud deberá acompañarse de
una Orden de Compra al Departamento Comercial.
Una vez resuelta la reclamación por el Departamento de Servicio Post Venta,
dicha Orden de Compra sería objeto de anulación mediante la emisión de una
Nota de Abono, en caso de que la resolución de la reclamación resultara
procedente.
4) Limitaciones de la responsabilidad:
a) Ermec, SL. (Ledilu) no será responsable ante el cliente, ni directa ni
indirectamente, de ningún incumplimiento o demora en la aplicación de sus
obligaciones de garantía, que pudieran ser originadas por causas de fuerza
mayor o cualquier otro incidente imprevisto y ajeno a la voluntad de Ermec.
b) La responsabilidad de Ermec derivada del presente Certificado de Garantía
estará limitada a las obligaciones expresadas anteriormente y,
cuantitativamente, al importe de la factura abonada por el cliente en concepto
de compra del equipo objeto de reclamación, quedando expresamente excluida
cualquier r
ingresos o beneficios de explotación, etc.
c) Ermec únicamente será responsable por la falta de conformidad del Equipo
o elemento de Iluminación con las características señaladas en la presente
Garantía, cuando sean resultado de una incorrecta instalación, cuando la
instalación esté incluida en el contrato de compraventa y haya sido realizada
por Ermec o bajo su responsabilidad, o por el consumidor cuando la
instalación defectuosa se deba a un error en las instrucciones de instalación.
d) Las citadas limitaciones de garantía serán de aplicación siempre y cuando
no contravengan las disposiciones legales aplicables en cada país respecto de
la responsabilidad por el producto. De darse esta circunstancia de anulación de
alguna de las disposiciones anteriores, la nulidad solo afectará a esa
disposición en particular, manteniéndose vigentes el resto de las mismas. En
concreto, se exceptúan de aplicación cualesquiera disposiciones reflejadas en
esta garantía que contravengan lo dispuesto en la Ley 23/2003, de 10 de julio,
que transpone al ordenamiento español la Directiva Comunitaria 1999/44/CE y
que afecta a aquellos equipos de iluminación adquiridos para ser utilizados en
el territorio de la Unión Europea.
e) Queda excluido cualquier otro derecho de garantía que no se encuentre
mencionado expresamente en el presente certificado.
5) Entrada en vigor, aplicación y validez del Certificado:
El presente Certificado de Garantía está vigente desde la fecha indicada de su
1ª edición (marzo 2011) y será aplicable a todos los productos de iluminación led
suministrados por Ermec a partir de dicha fecha, permaneciendo válido hasta su cambio de Edición, el cual será comunicado por escrito con la suficiente antelación.